De varias maneras Dios ha revelado su gran interés por los pobres, los necesitados y los oprimidos.
Cuando Dios les revelo su ley a los israelitas, Él proveyó varias maneras de eliminar la pobreza entre ellos (Véase Deuteronomio 15:7-11 Préstamos a los pobres 7 Cuando haya en medio de ti menesteroso de alguno de tus hermanos en alguna de tus ciudades, en la tierra que Jehová tu Dios te da, no endurecerás tu corazón, ni cerrarás tu mano contra tu hermano pobre, 8 sino abrirás a él tu mano liberalmente, y en efecto le prestarás lo que necesite. 9 Guárdate de tener en tu corazón pensamiento perverso, diciendo: Cerca está el año séptimo, el de la remisión, y mires con malos ojos a tu hermano menesteroso para no darle; porque él podrá clamar contra ti a Jehová, y se te contará por pecado. 10 Sin falta le darás, y no serás de mezquino corazón cuando le des; porque por ello te bendecirá Jehová tu Dios en todos tus hechos, y en todo lo que emprendas. 11 Porque no faltarán menesterosos en medio de la tierra; por eso yo te mando, diciendo: Abrirás tu mano a tu hermano, al pobre y al menesteroso en tu tierra.). El declaro su propósito total para ellos como sigue: “para que así no haya en medio de ti mendigo; porque Jehová te bendecirá con abundancia en la tierra de Jehová tu Dios te da por heredad para que la tomes en posesión” (Deuteronomio 15:4 para que así no haya en medio de ti mendigo; porque Jehová te bendecirá con abundancia en la tierra que Jehová tu Dios te da por heredad para que la tomes en posesión,). Por eso Dios prohibió en su ley el cargo de interés sobre préstamos a los pobres (Éxodo 22:25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura.; Levíticos 25:35-36 Y cuando tu hermano empobreciere y se acogiere a ti, tú lo ampararás; como forastero y extranjero vivirá contigo. 36 No tomarás de él usura ni ganancia, sino tendrás temor de tu Dios, y tu hermano vivirá contigo.). Si los pobres daban algo con “garantía” por un préstamo (Tal como su ropa), la persona que prestaba el dinero tenía que devolver esa garantía ante de la puesta de sol. Si se contrataba a una persona pobre para que trabajara para un hombre rico, debía recibir su pago cada día de modo que pudiera comprar alimento para sí y para su propia familia (Deuteronomio 24:14-15 No oprimirás al jornalero pobre y menesteroso, ya sea de tus hermanos o de los extranjeros que habitan en tu tierra dentro de tus ciudades. 15 En su día le darás su jornal, y no se pondrá el sol sin dárselo; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame contra ti a Jehová, y sea en ti pecado.).
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